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¿Qué normas de seguridad debe cumplir el furgón escolar? ¡Léelo aquí!

Hay exigencias que se deben cumplir para poder entregar este servicio, tanto a nivel del vehículo como del chofer y su acompañante. Puedes revisar las más importantes a continuación, según indican desde el Gobierno de Chile.

Ya comenzó la vuelta a clases para muchos niños, niñas y adolescentes a lo largo del país. Para muchos de ellos, el transporte escolar es clave para trasladarse desde y hacia el recinto educacional.

En ese sentido, hay exigencias que se deben cumplir para poder entregar este servicio, tanto a nivel del vehículo como del chofer y su acompañante. Puedes revisar las más importantes a continuación, según indican desde el Gobierno de Chile.

¿Qué normas debe cumplir el transporte escolar en Chile?

  • El transporte escolar debe ser amarillo o blanco, según corresponda.
  • Debe portar un letrero triangular sobre el techo con la leyenda «escolares» (se exceptúan los buses) o una identificación visible que contenga la expresión «Escolares», en el costado inferior derecho de la luneta o ventanas posteriores y en la parte inferior de una de las ventanas laterales del vehículo.
  • Los vehículos deben tener cinturón de seguridad para todas y todos sus pasajeros y su uso será obligatorio en todos los vehículos cuyo año de fabricación sea 2007 en adelante.
  • Contar con una luz estroboscópica de seguridad, sobre el techo, en la parte posterior del vehículo, la que debe mantenerse encendida mientras bajen o suban escolares. De no existir esta luz, el transporte debe tener una huincha retrorreflectante en su contorno (se exceptúan los buses sobre 3.860 kg).
  • Contar con ventanas a ambos lados de cada fila de asientos.
  • Documentación del vehículo debe encontrarse vigente.
  • La revisión técnica debe indicar la capacidad máxima de pasajeros y debe ser informada al interior del vehículo.
  • El tiempo de viaje, desde o hacia el establecimiento educacional no debe superar los 60 minutos.
  • En el caso que el transporte escolar lleve más de 5 niñas o niños, la persona conductora deberá viajar acompañada de una persona adulta. Ambos deberán estar registrados en el RENASTRE.
  • Se prohíbe el traslado de menores de 8 años en los asientos delanteros.
  • Se debe verificar que la persona conductora y la o el acompañante no presenten inhabilidades para trabajar con menores de 18 años en el respectivo informe solicitado a través del Servicio de Registro Civil e Identificación.
  • Para denunciar posibles faltas a alguna de estas normativas, puede comunicarse con su respectiva Seremi de Transportes.