6 de junio de 2023

Comisión de Derechos Fundamentales aprueba en general “derecho a la restitución” de tierras indígenas

La instancia visó cada uno de los artículos de la iniciativa de los escaños reservados con apoyo de más de 2/3 de los constituyentes presentes.

Los pueblos y naciones indígenas tienen derecho a la recuperación, restitución, reconstitución y reclamación de las tierras, territorios, maritorio, bienes naturales y las aguas que tradicionalmente han ocupado, ya sea que se encuentren en manos de terceros o particulares o el fisco”.

Ese fragmento, aprobado por 24 votos a favor y 9 en contra, es parte de la norma que visó en general la Comisión de Derechos Fundamentales sobre la propiedad indígena. La iniciativa, de autoría del convencional Adolfo Millabur (mapuche) y otros escaños, consagra el deber del Estado de establecer mecanismos “para satisfacer las demandas de recuperación y restitución“.

Su primer artículo, de hecho, establece que el Estado de Chile “reconoce la desposesión, usurpación, expoliación y despojo de las tierras, territorios y bienes naturales que han sufrido los pueblos y naciones indígenas a causa de la violencia estructural e histórica, por el aprovechamiento de sus costumbres o por el desconocimiento de las reglas jurídicas, y que hayan sido confiscados, apropiados, ocupados, utilizados o dañados por razones ajenas a su voluntad“.

Esto fue respaldado por 24 convencionales y rechazado por Luis Barceló y Felipe Harboe del Colectivo del Apruebo; además de los representantes de Vamos por Chile Rocío Cantuarias, Claudia Castro, Teresa Marinovic, Alfredo Moreno, Katerine Montealegre, Manuel José Ossandóny Bárbara Rebolledo.

Así, la iniciativa plantea que el Estado debe crear dentro de seis meses desde la entrada en vigencia de la nueva Constitución una “Comisión Plurinacional de Catastro, Demarcación y Titulación Territorial Indígena”, cuya finalidad será “recibir las demandas territoriales de los pueblos y naciones indígenas” y confeccionar un catastro de las tierras y bienes que se encuentren en posesión o dominio de terceros, particulares o el fisco, para luego elaborar un plan de demarcación, registro o titulación y/o restitución.

Esto los mismos 9 votos en contra y dos más de Gaspar Domínguez (INN) y Patricio Fernández (Col. Socialista). Además, crea (en máximo dos años desde entrada en vigencia la nueva Constitución) un Tribunal Especial de Tierras, Territorios y Aguas Ancestrales Indígenas, que será un órgano independiente, y tendrá que resolver los reclamos, acciones y recursos interpuestos contra las resoluciones y recomendaciones de la Comisión Plurinacional.

Este tribunal, según dice la norma aprobada, “podrá recurrir a la expropiación, para lo cual siempre se considerará que la recuperación y restitución de tierras, territorios y bienes naturales indígenas es de utilidad pública y social, y una justificada limitación al derecho fundamental a la propiedad privada”. Ese fragmento se aprobó por 23 votos a favor y 10 en contra, esta vez con el apoyo de Fernández.

La propuesta asegura que se podrán aplicar “otras formas de reparación o rehabilitación complementarias, preferentemente tierras, territorios y bienes naturales de igual extensión y calidad a las desposeídas, usurpadas, expoliadas o despojadas u otros remedios no pecuniarios, previamente y de buena fe, con los pueblos y naciones indígenas, en atención y pertinencia a su cosmovisión, desarrollo económico, político, social, cultural y espiritual”.