Finalmente y luego de casi una semana llena de debate, la Cámara del Senado aprobó en general la nueva normativa por 40 votos a favor, 5 en contra y 0 abstenciones.
Este martes, la Sala del Senado aprobó en general el proyecto de ley que busca fortalecer y proteger el ejercicio de la función policial y de Gendarmería, conocida como Ley Nain-Retamal. La medida contó 40 votos a favor, 5 en contra y 0 abstenciones. Tras la aprobación en general, la Sala del Senado pasará a la votación en particular de la iniciativa.
Cabe recordar que en la Comisión de Seguridad de la Cámara de Diputadas y Diputados decidió fusionar los proyectos de Ley Nain y Ley Retamal con el objetivo de entregar mayores atribuciones a la institución de Carabineros.
¿En que consiste la medida?
La propuesta Ley Nain 2 ya contaba con su aprobación en general, el 12 de diciembre de 2022. Pero, al ser objeto de indicaciones, volvió a consideración de la Comisión de Seguridad desde donde se despachó el pasado lunes 27 de marzo.
Allí se adoptó la decisión de incorporar las normas contenidas en el proyecto conocido como Ley Retamal.
El texto, primero, enmienda la Ley 18.216, que establece penas sustitutivas a las privativas o restrictivas de libertad. En particular, se define que este beneficio no procederá respecto de “aquellos delitos en los que se haya atentado contra la integridad física de funcionarios, en razón de su cargo, de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones y de Gendarmería de Chile”.
También se perfecciona un artículo del DL 321, de 1925, sobre Libertad Condicional. El objetivo es restringir el acceso a este beneficio a quienes atenten contra efectivos de dichas instituciones. También se incluye en este marco el homicidio de integrantes del Cuerpo de Bomberos de Chile, en el ejercicio de sus funciones.
En el Código de Justicia militar se modifica lo referente a matar a un carabinero. Se especifica que la pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado se aplicará cuando el acto se realice durante el ejercicio de las funciones del funcionario.
Luego, se agrega que sancionará con una pena de presidio perpetuo a presidio perpetuo calificado si:
- Se comete mediante precio, recompensa o promesa.
- Se ejecuta con auxilio de gente armada o de personas que aseguren o proporcionen la impunidad.
- Si el imputado actúa con su rostro cubierto con el objeto de oculta su identidad.
Además, se especifican las penas a aplicar frente a diversas hipótesis de agresión o lesión de carabineros. Ello, en razón de su cargo o con motivo u ocasión del ejercicio de sus funciones.
Estas mismas enmiendas se incluyeron en las Leyes Orgánicas de la Policía de Investigaciones y de Gendarmería.
En el caso de la PDI y Carabineros, se agrega que, en el ejercicio de sus funciones, su personal será provisto de las competencias, equipo y armamento adecuado para resguardar su vida e integridad personal y la de terceros.
Otra norma define que, en caso de crímenes contra carabineros, habrá una pena accesoria cuando el condenado sea extranjero. Acá se aplicará la expulsión del territorio nacional con prohibición absoluta perpetua de retorno.


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