La Corte de Apelaciones de Temuco ha rechazado hoy, lunes 19 de febrero, el recurso de nulidad presentado por la defensa en contra de la sentencia que condenó a R.A.E.G. a 7 años de presidio efectivo por el delito de violación de una menor de 14 años en septiembre de 2016 en la comuna.
En una decisión unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada descartó cualquier error de derecho en la sentencia impugnada emitida por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco.
El fallo resalta que se acoge la agravante del artículo 13 del Código Penal, ya que se acreditó que el acusado es el padre de la víctima. Se argumenta que la relación de parentesco influyó en la situación, ya que fue el padre quien llevó a la menor a una actividad familiar, lo que facilitó el acceso del perpetrador a la víctima.
En cuanto a la circunstancia modificatoria de colaboración sustancial, se rechazó porque el acusado negó su participación en los hechos. La declaración del acusado no contribuyó al esclarecimiento de los hechos, y su culpabilidad se estableció a través de la evidencia presentada por la víctima y el fiscal.
Por lo tanto, se ha resuelto rechazar el recurso de nulidad presentado por la defensa, confirmando así la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco. Esta decisión ratifica la culpabilidad de R.A.E.G. en la violación de su hija de 14 años en el año 2016.
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