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Ley Uber ya tiene luz verde: nuevos requisitos para conductores y autos de apps de transporte

A casi dos años de su aprobación, la Ley 21.553, conocida como la Ley Uber, está a un paso de entrar en vigencia en todo Chile. Esto se debe a que la Contraloría aprobó el tercer y último reglamento propuesto por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), lo que permitirá finalmente su implementación.

El último paso es la publicación oficial en el Diario Oficial. Treinta días después de ese trámite, la ley comenzará a regir en todo el país, regulando formalmente a plataformas como Uber, DiDi, Cabify e InDrive, entre otras.

¿Qué cambios trae la nueva ley?

Una de las principales novedades es la creación del Registro Nacional de Empresas de Aplicaciones de Transporte (EAT), dividido por regiones. Tanto conductores como vehículos deberán inscribirse en este sistema. Importante: solo podrán operar dentro de la región donde estén registrados.

Además, los conductores deberán presentar licencia profesional, certificado de antecedentes, una fotografía actual y podrán inscribir hasta dos vehículos a su nombre. Aquellos que ya trabajan en estas apps pero no poseen licencia profesional, tendrán un plazo de 12 meses para regularizar su situación.

También será obligatorio portar un sticker con código QR en el parabrisas, que muestre datos del conductor, su foto y la aplicación en la que trabaja.

Requisitos para los autos de apps de transporte

Los vehículos deberán contar con:

  • Permiso de circulación
  • Revisión técnica al día
  • Seguro obligatorio (SOAP)
  • Código QR visible en el parabrisas

Además, deberán tener una cilindrada mínima de 1.4 litros (o 70 kW si es eléctrico), dos corridas de asientos, alza vidrios, cierre centralizado y no tener modificaciones.

Para ingresar al registro por primera vez, los autos no podrán tener más de un año de antigüedad. En caso de reemplazo, se aceptarán vehículos con un máximo de tres años. Todos los vehículos registrados podrán operar hasta cumplir 12 años desde su fabricación.

Por último, las empresas de transporte deberán contratar un seguro adicional de al menos 500 UF, destinado a cubrir daños civiles o pérdida total.


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