La diputada Ericka “Coca” Ñanco rechazó que los derechos indígenas sean presentados como una amenaza para Chile, mientras la Multigremial de La Araucanía respaldó parte del diagnóstico del ministro de Defensa y pidió revisar la aplicación de la consulta indígena. La controversia también alcanzó a la Ley Lafkenche, cuestionada por las extensas paralizaciones que pueden generar sus solicitudes en el borde costero.
Las declaraciones del ministro de Defensa, Fernando Barros, abrieron una controversia política y jurídica sobre el futuro de dos normas relacionadas con los pueblos indígenas: el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Ley Lafkenche.
Barros sostuvo que ambas disposiciones representan un “riesgo para el país”, debido a que, según su interpretación, establecen diferencias entre los ciudadanos de acuerdo con su origen étnico y pueden transformarse en un factor de división y conflicto interno.
El secretario de Estado también planteó que Chile debería evaluar su salida del Convenio 169 y revisar la normativa que reconoce espacios costeros utilizados tradicionalmente por comunidades indígenas.
Sus palabras encontraron respuestas contrapuestas en La Araucanía. Mientras la diputada Ericka “Coca” Ñanco rechazó que los derechos indígenas sean presentados como una amenaza, la Multigremial de La Araucanía coincidió con parte del diagnóstico del ministro y llamó a revisar la aplicación del tratado.
Ñanco: “Los pueblos indígenas no dividimos al país”
La diputada Coca Ñanco cuestionó directamente la manera en que Barros vinculó el Convenio 169 con la seguridad nacional.
“Cuando un ministro de Estado afirma que el Convenio 169 es un ‘riesgo para el país’, el problema no está en el Convenio, sino en la concepción que ese ministro tiene de los derechos de los pueblos indígenas”, sostuvo la parlamentaria.
Ñanco reconoció que existe espacio para discutir y mejorar la implementación del tratado, pero rechazó que sus disposiciones sean presentadas como un obstáculo.
“Podemos discutir su implementación, mejorar los mecanismos de consulta y corregir aquello que no esté funcionando, pero lo que no podemos aceptar es que nuestros derechos sean presentados como un obstáculo o una amenaza para Chile”, afirmó.
La diputada agregó que los pueblos indígenas forman parte constitutiva del país y advirtió que una eventual reducción de los derechos reconocidos internacionalmente podría agravar los conflictos pendientes entre el Estado y las comunidades.
“Pretender retroceder en derechos reconocidos internacionalmente no contribuye a la convivencia: profundiza las fracturas que como Estado todavía no hemos sido capaces de resolver”, concluyó.
Multigremial cuestiona efectos sobre inversión y desarrollo
Desde una posición diferente, la Multigremial de La Araucanía afirmó que las declaraciones de Fernando Barros abrieron un “debate necesario” y sostuvo que la aplicación del Convenio 169 habría introducido diferencias entre los ciudadanos y aumentado la conflictividad.
La organización gremial relacionó las políticas indígenas implementadas por el Estado con la falta de actividad económica en La Araucanía y otras regiones del sur.
Uno de sus principales cuestionamientos apunta a la consulta indígena. Según la Multigremial, este procedimiento se habría extendido a carreteras, industrias y modificaciones legislativas incluso cuando sus efectos serían similares para personas indígenas y no indígenas.
“Tal situación termina generando un trato diferenciado difícil de justificar cuando la afectación es común a toda la población”, indicó la organización.
La Multigremial también sostuvo que estos procedimientos provocarían atrasos, conflictos y menor inversión. Sin embargo, el comunicado no identifica proyectos específicos paralizados en La Araucanía, montos de inversión afectados ni estudios que permitan establecer una relación directa entre el Convenio 169 y la menor actividad económica.
El documento tampoco pide expresamente que Chile abandone el tratado. Su planteamiento se concentra en revisar su aplicación y modificar las políticas públicas indígenas, con participación de las comunidades mapuche y los demás habitantes de la región.
¿Qué establece el Convenio 169?
El Convenio 169 es un tratado internacional adoptado en 1989 y vigente en Chile desde septiembre de 2009. Reconoce derechos colectivos de los pueblos indígenas en materias como tierras, recursos naturales, cultura, educación, salud, empleo y participación en decisiones que puedan afectarlos.
Uno de sus elementos centrales es la consulta indígena. El Estado debe realizarla cuando proyecte medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectar directamente a los pueblos indígenas.
La consulta debe desarrollarse de buena fe, mediante sus instituciones representativas y con la finalidad de alcanzar un acuerdo. Sin embargo, el convenio no entrega, como regla general, un derecho automático a veto.
Tampoco obliga a Chile a declararse un Estado plurinacional. El tratado reconoce derechos particulares dentro de la institucionalidad y soberanía de cada país que lo ha ratificado.
El punto discutido por la Multigremial es la interpretación de la “afectación directa”. La normativa chilena no establece que toda carretera, industria o reforma legal deba someterse automáticamente a consulta por involucrar a personas indígenas. Debe existir la posibilidad de una afectación específica sobre sus tierras, costumbres, prácticas tradicionales, cultura o formas de vida.
La Ley Lafkenche y la paralización de solicitudes
Aunque el ministro Barros las presentó conjuntamente, la Ley Lafkenche y el Convenio 169 son normas diferentes. La Ley 20.249 fue promulgada a comienzos de 2008, antes de que el convenio internacional comenzara a regir en Chile.
Esta ley creó los Espacios Costeros Marinos de Pueblos Originarios. Su objetivo es proteger usos tradicionales del borde costero, como la pesca, recolección de algas y mariscos, navegación, actividades culturales y otras prácticas desarrolladas históricamente por comunidades indígenas.
La normativa no entrega la propiedad del mar. Permite que una comunidad o asociación de comunidades solicite la administración de un espacio determinado, siempre que la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena compruebe el uso consuetudinario invocado.
La solicitud también debe ser revisada por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, la Comisión Regional de Uso del Borde Costero y el Ministerio de Defensa. Además, deben respetarse las concesiones marítimas, acuícolas y áreas de manejo otorgadas previamente a terceros.
Su punto más controvertido es el denominado “efecto suspensivo”. Cuando el mismo sector ha sido solicitado para otra finalidad, ese procedimiento debe detenerse mientras se determina si la comunidad acredita un uso tradicional.
Esto puede afectar la tramitación de nuevas concesiones acuícolas, muelles, rampas, proyectos turísticos, infraestructura pública y otras destinaciones marítimas.
Aunque la ley contempla plazos, un informe de la Biblioteca del Congreso Nacional estableció que estos procedimientos alcanzaron históricamente un promedio aproximado de cuatro años y medio. Durante ese periodo, otras solicitudes sobre el mismo espacio podían permanecer suspendidas.
La demora, no obstante, no depende exclusivamente de las comunidades. En el procedimiento intervienen diversos organismos públicos, por lo que también existen cuestionamientos sobre la capacidad y rapidez del Estado para resolver las solicitudes.
Proyecto transversal busca modificar la ley
Desde 2023 se tramita en el Congreso un proyecto para modificar la Ley Lafkenche. La iniciativa fue presentada por los senadores Fidel Espinoza, Carlos Kuschel, Gastón Saavedra y David Sandoval, junto al entonces senador Álvaro Elizalde.
El proyecto fue aprobado en general por el Senado con 28 votos favorables, cinco en contra y cinco abstenciones, y continúa su primer trámite constitucional.
Entre los cambios discutidos se encuentran limitar las paralizaciones, establecer criterios de proporcionalidad para las superficies solicitadas, verificar la representatividad de los solicitantes y exigir que el plan de administración sea presentado desde el comienzo.
También se propone proteger expresamente las caletas y sectores de pesca artesanal, permitir la convivencia con otras actividades legales y declarar inadmisibles las solicitudes incompletas sin que estas paralicen otros procedimientos.
El Gobierno anunció que presentará indicaciones a esta iniciativa. También han respaldado cambios representantes de la pesca artesanal, la industria salmonera y acuícola, autoridades del sur y organizaciones empresariales.
Desde las comunidades indígenas y parte del Congreso, en cambio, se advierte que limitar el efecto suspensivo podría permitir que proyectos económicos obtengan autorizaciones mientras todavía se intenta comprobar el uso ancestral de un territorio.
También se ha cuestionado que una reforma capaz de afectar derechos indígenas avance sin una consulta previa conforme al propio Convenio 169.
Gobierno descarta abandonar el convenio
Pese a las declaraciones del ministro de Defensa, el Gobierno descartó que exista una decisión oficial para retirar a Chile del Convenio 169. El presidente José Antonio Kast marcó distancia de esa propuesta, aunque respaldó la necesidad de modificar la Ley Lafkenche ante los problemas observados en su aplicación.
La controversia deja planteadas dos discusiones diferentes. La primera es si los derechos colectivos reconocidos a los pueblos indígenas representan una diferencia legítima o una división injustificada entre ciudadanos. La segunda es cómo proteger los usos ancestrales sin mantener paralizados durante años otros proyectos y actividades del borde costero.
En La Araucanía, esas diferencias quedaron representadas por las posiciones de la diputada Coca Ñanco y la Multigremial: ambas admiten que existen aspectos de la implementación que pueden revisarse, pero discrepan profundamente sobre si el problema se encuentra en la gestión del Estado o en los derechos reconocidos por el propio convenio.


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