Durante la tarde de este viernes el pleno de la Corte Suprema resolvió impedir el ingreso a los tribunales de justicia de forma presencial a quienes no tengan pase de movilidad. En particular, la determinación apunta a quienes asistan a audiencia.
La medida forma parte del “Protocolo de manejo y prevención ante Covid 19 en tribunales y unidades judiciales”, en el que los integrantes del máximo tribunal del país establecieron que “todas las personas que presten funciones en las diversas dependencias de tribunales y unidades judiciales, como asimismo quienes concurran a estos recintos para participar en audiencias o a lugares cerrados, deberán contar con pase de movilidad vigente, no aplicando dicha exigencia a quienes participen de tales instancias por vía telemáticas”.
Además determinaron que “el administrador o coordinador de tribunales y unidades judiciales organizará turnos presenciales rotativos que consideren una presencialidad de hasta un 60% de su dotación total, excluyendo a quienes se encuentren contratados en modalidad 100% telemática”.
La única ministra que estuvo en contra de esta determinación fue la jueza Gloria Chevesich, quien considerando la voluntariedad de la inoculación, consideró que “no es posible asimilar su situación a la de los funcionarios que prestan labores presenciales en tribunales, pues tal disposición implica imponer un régimen que sobrepasa la normativa sanitaria que rige la materia”.
La medida sigue la línea de la resolución tomada el martes pasado, cuando confirmó un rechazo a un recurso de protección hecho por la Corte de Apelaciones de Arica, en relación a un actuar arbitrario sobre la implementación del Pase de Movilidad.
Con todo, la duda está en relación a los imputados o las víctimas no vacunadas.


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