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Corte Suprema ordena millonaria indemnización por muerte de huésped en hotel de Angol

El máximo tribunal revocó la decisión que había rechazado la demanda y ordenó pagar $40 millones a la madre y otros $40 millones al hijo de la víctima, quien falleció en junio de 2018 tras inhalar monóxido de carbono.

La Corte Suprema ordenó el pago de una indemnización total de $80 millones por daño moral a la madre y al hijo de un huésped que murió por inhalación de monóxido de carbono al interior de un hotel de la comuna de Angol.

El accidente fatal ocurrió en junio de 2018 y dio origen a una demanda que inicialmente fue rechazada por el Juzgado de Letras de Angol. Posteriormente, dicha resolución fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Temuco.

Sin embargo, la Primera Sala de la Corte Suprema invalidó de oficio el fallo impugnado y dictó una sentencia de reemplazo, al considerar que las resoluciones anteriores no entregaron fundamentos suficientes para descartar la existencia de daño moral.

Tribunal cuestionó falta de fundamentación

En el fallo unánime, correspondiente a la causa rol 26.042-2025, el máximo tribunal sostuvo que los jueces habían rechazado la demanda únicamente porque no se presentó prueba específica sobre el daño moral, sin analizar debidamente el vínculo familiar existente entre los demandantes y la víctima.

La Corte Suprema señaló que las sentencias anteriores no se hicieron cargo del sufrimiento que razonablemente puede provocar la muerte de una persona en familiares tan cercanos como su madre y su hijo.

“Solo descartan la existencia de daño moral por no haberse rendido prueba al respecto, no haciéndose cargo de la relación de parentesco entre los demandantes y la víctima”, indica la resolución.

El tribunal concluyó que existió una omisión de las consideraciones de hecho y de derecho que debían sustentar la sentencia, configurándose un vicio de casación en la forma.

$40 millones para cada demandante

La Corte Suprema revocó parcialmente la sentencia dictada en abril de 2024 en las causas acumuladas rol C-990-2018 y C-568-2018, tramitadas ante el Juzgado de Letras de Angol.

De esta manera, acogió la demanda presentada por Joshua Andredith Sureda Flores y Edith del Carmen Mujica Plaza, ordenando el pago de $40 millones para cada uno por concepto de daño moral.

Las sumas deberán ser reajustadas de acuerdo con la variación del Índice de Precios del Consumidor y contemplarán intereses corrientes para operaciones reajustables, calculados desde la fecha de la sentencia hasta que el pago se concrete.

El fallo fue pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, integrada por los ministros Arturo Prado Puga, Mauricio Silva Cancino y Eliana Quezada Muñoz, además de los abogados integrantes Álvaro Vidal Olivares y Raúl Fuentes Mechasqui.