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Feministas de Temuco rechazan proyecto que impediría aborto si paciente no escucha latidos

La manifestación “Escucha mi decisión” cuestionó la iniciativa que obliga al médico a ofrecer la audición de la actividad cardíaca embrionaria o fetal y a negarse a realizar la interrupción del embarazo si la paciente rechaza hacerlo. La moción se encuentra en su primer trámite constitucional.

Mujeres, disidencias y personas gestantes participaron en Temuco de la manifestación “Escucha mi decisión”, convocada para rechazar el proyecto de ley que pretende incorporar nuevas exigencias al procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo en tres causales.

Durante la movilización, realizada el viernes 31 de julio, las Feministas Autoconvocadas Temuco leyeron un comunicado en el que defendieron el derecho a la autodeterminación, el acceso a información sobre derechos sexuales y reproductivos y la posibilidad de decidir libremente sobre sus cuerpos.

La organización advirtió que la propuesta podría profundizar las dificultades que actualmente enfrentan las mujeres y personas gestantes para acceder a la interrupción del embarazo, una prestación que en Chile solamente se encuentra despenalizada cuando existe riesgo vital para la mujer, inviabilidad fetal de carácter letal o un embarazo producto de una violación.

“Ya enfrentamos una legislación limitada y distante de la realidad que vivimos las mujeres y personas gestantes”, señalaron las convocantes, quienes también llamaron a organizarse y no guardar silencio frente a iniciativas legislativas que, a su juicio, restringen sus derechos.

¿Qué propone el proyecto?

La iniciativa cuestionada corresponde al boletín 18419-11, denominado públicamente “Escucha su corazón”. Según los registros de la Cámara de Diputadas y Diputados, fue ingresada el 25 de junio de 2026 y se encuentra en su primer trámite constitucional. Su documento legislativo fue incorporado en la sesión del 7 de julio y derivado a la Comisión de Salud.

La moción fue presentada por los diputados Cristóbal Urruticoechea y Álvaro Jofré, junto con las diputadas Chiara Barchiesi, Catalina Del Real y Claudia Reyes.

El texto busca modificar el artículo 119 del Código Sanitario para establecer que, antes de manifestar su voluntad de interrumpir el embarazo, la paciente sea informada sobre la existencia de actividad cardíaca embrionaria o fetal cuando esta resulte detectable de acuerdo con la edad gestacional.

En esos casos, el médico cirujano deberá ofrecer verbalmente la posibilidad de escuchar los latidos mediante los medios técnicos disponibles y dejar constancia escrita del ofrecimiento y de la decisión adoptada por la mujer.

El punto más controvertido aparece cuando la propuesta señala que la paciente puede rechazar libremente escuchar la actividad cardíaca, pero agrega que el médico deberá negarse a practicar la interrupción del embarazo cuando esa situación ocurra. En términos prácticos, la negativa a escuchar impediría acceder al procedimiento, incluso cuando se encuentre acreditada alguna de las tres causales vigentes.

Autores defienden entrega de información

En sus fundamentos, los parlamentarios sostienen que la actividad cardíaca constituye un dato clínico objetivo y que su comunicación fortalecería el consentimiento informado. También citan normas existentes en estados de Estados Unidos como Kentucky, Texas, Arizona, Georgia y Mississippi.

Sin embargo, las organizaciones participantes en la manifestación de Temuco consideran que la obligación introduce un mecanismo de presión emocional sobre pacientes que atraviesan situaciones de riesgo vital, inviabilidad fetal letal o embarazos derivados de una violación.

“Las convocamos a no dejarnos intimidar”, expresaron en el comunicado, agregando que continuarán defendiendo el acceso a información y la autonomía de las mujeres y personas gestantes.

La declaración concluyó con las consignas “Mi cuerpo, mi decisión” y “Arriba las que luchan”, en el marco de las movilizaciones nacionales contra el proyecto.