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SAG amplía plazo para exigir microchip a caballos, mulas y burros hasta 2028

La actualización establece una implementación gradual de la identificación obligatoria y del Formulario de Movimiento Animal. Mientras los equinos destinados a deporte y reproducción deberán contar con microchip desde el 25 de agosto de 2026, los animales de trabajo, recreación no deportiva y agricultura familiar tendrán plazo hasta febrero de 2028.

El Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) actualizó la normativa nacional de trazabilidad para equinos, mulares y asnales, modificando los plazos para la identificación obligatoria mediante microchip y el uso del Formulario de Movimiento Animal (FMA).

La modificación, establecida mediante la Resolución Exenta N.º 7.392 de 2026, incorpora una tercera etapa de implementación y extiende hasta el 25 de febrero de 2028 el plazo para que propietarios de caballos, mulas y burros del ámbito doméstico cumplan con las nuevas exigencias.

En esta categoría se encuentran, entre otros, animales vinculados a la agricultura familiar campesina, labores de trabajo, recreación no deportiva y crianza destinada a engorda.

Según explicó el organismo, la ampliación busca entregar un mayor período de adaptación para que los propietarios conozcan las exigencias, identifiquen a sus animales y puedan cumplir posteriormente con los requisitos establecidos para sus traslados.

Deportivos y reproductores tendrán exigencia desde agosto

Los plazos son distintos para los animales destinados a actividades deportivas y reproductivas.

En los predios que mantengan equinos con fines deportivos o de reproducción, la obligación de instalar un microchip y registrar al ejemplar ante el SAG comenzará a regir desde el 25 de agosto de 2026.

En tanto, para los centros ecuestres, las exigencias se encuentran vigentes desde abril de este año.

El objetivo de estas medidas es fortalecer la trazabilidad de los animales y facilitar la reacción de las autoridades frente a eventuales emergencias zoosanitarias que puedan afectar al país.

Microchip obligatorio antes del primer traslado

La normativa dispone que cada animal deberá contar con un Dispositivo de Identificación Individual Oficial (DIIO), correspondiente a un microchip.

Este deberá instalarse antes de que el ejemplar cumpla 12 meses de edad o previo a su primer traslado, dependiendo de cuál de ambas situaciones ocurra primero.

Existe una excepción para aquellos animales que aún no han sido destetados y permanezcan acompañando de manera permanente a su madre o nodriza.

Los dispositivos podrán adquirirse mediante proveedores o distribuidores habilitados.

En el caso de animales que ya contaban con un microchip antes de la entrada en vigencia de la normativa, dicha identificación podrá ser reconocida. Para ello, sus propietarios deberán registrarla en SIPECweb o informarla directamente en una oficina del SAG mediante el Formulario de Identificación Individual Oficial (FIIO).

El plazo máximo para realizar ese procedimiento será el 31 de diciembre de 2026.

FMA será obligatorio para trasladar animales

Otro de los cambios relevantes corresponde al traslado de caballos, mulas y burros.

Los movimientos deberán efectuarse utilizando el Formulario de Movimiento Animal (FMA), documento que se emite por lote y que será el único exigido por el SAG para autorizar los traslados.

En los centros ecuestres, estos formularios solamente podrán emitirse electrónicamente.

La normativa también elimina el antiguo formulario de “ida y vuelta” empleado en actividades deportivas o recreativas. Desde ahora será necesario emitir un FMA para el recorrido desde el establecimiento de origen hasta el destino y un segundo documento independiente para el viaje de regreso.

Para acceder al formulario, los propietarios deberán estar inscritos en el Programa Oficial de Trazabilidad Animal y contar con Rol Único Pecuario (RUP).

El FMA podrá obtenerse electrónicamente mediante SIPECweb o en formato físico en las oficinas sectoriales del SAG. Tanto el formulario como la inscripción y el acceso al sistema son gratuitos.

Desde el Servicio señalaron que la identificación individual permitirá conocer el historial de cada ejemplar y facilitar una reacción más rápida ante brotes o emergencias sanitarias, contribuyendo a proteger la sanidad pecuaria nacional.

Las personas que requieran orientación pueden recurrir al sitio institucional del SAG, comunicarse con su Centro de Atención de Usuarios o acudir presencialmente a alguna de las oficinas del organismo distribuidas en el país.