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Contraloría detectó que alcalde de Lautaro vulneró deber de abstención en contratación municipal

El organismo descartó que una funcionaria (identificada como Arles Yelor Vergara) estuviera inhabilitada para trabajar en el municipio. Sin embargo, estableció que el alcalde Ricardo Jaramillo no debió firmar su contratación debido a que ambos tienen un hijo en común.

La Contraloría Regional de La Araucanía determinó que el alcalde de Lautaro, Ricardo Jaramillo Galindo, vulneró el deber de abstención al firmar el decreto que dispuso la contratación de una funcionaria municipal con quien tiene un hijo en común.

La conclusión está contenida en el Oficio N.º OF46528/2026, fechado el 9 de marzo de 2026, documento que fue facilitado a Novena Digital por un seguidor del medio.

El pronunciamiento surgió tras una denuncia presentada bajo reserva de identidad, en la que se cuestionó la contratación de Arles Yelor Vergara por una posible vulneración de las normas de ingreso a la administración pública y del principio de probidad administrativa.

Contraloría aclaró que la funcionaria no se encontraba legalmente impedida para trabajar en la Municipalidad de Lautaro. No obstante, estableció que el jefe comunal no debía participar directamente en decisiones vinculadas con su contratación, evaluación o control.

Contraloría descartó una inhabilidad de ingreso

Para resolver la denuncia, el organismo fiscalizador revisó antecedentes del Servicio de Registro Civil e Identificación, el Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado y los decretos alcaldicios relacionados con la contratación de Yelor Vergara.

A partir de esos registros, Contraloría determinó que entre la funcionaria y Ricardo Jaramillo no existe vínculo matrimonial ni parentesco por afinidad, aunque ambos tienen un hijo en común.

El organismo explicó que las inhabilidades contenidas en el artículo 54 de la Ley N.º 18.575 deben aplicarse de manera restrictiva y solamente a los vínculos expresamente señalados en la legislación.

En consecuencia, una relación de pareja, convivencia o la existencia de un hijo en común no configura por sí sola una prohibición para ingresar a trabajar en una institución pública.

“Se constató del análisis de los antecedentes examinados en relación a la contratación de doña Arles Yelor Vergara, que no se configuró alguna de las inhabilidades de ingreso”, concluyó Contraloría.

Funcionaria ingresó al municipio en 2023

El oficio detalla que Yelor Vergara ingresó a la Municipalidad de Lautaro durante 2023, mediante los decretos alcaldicios N.º 129 y N.º 1.579.

Durante ese año fue contratada a contrata, asimilada al grado 10 de la planta técnica, para desempeñar funciones en la Dirección de Control Interno.

Su contratación fue prorrogada durante 2024. En ese periodo trabajó inicialmente en Control Interno y posteriormente fue trasladada a la Dirección de Tránsito y Transporte Público.

Para 2025, la funcionaria fue contratada a contrata, asimilada al grado 10 del estamento profesional, para continuar desempeñando funciones en la Dirección de Tránsito y Transporte Público.

El anexo del informe identifica a las distintas autoridades que firmaron los decretos emitidos entre 2023 y 2025, entre ellas alcaldes subrogantes, la administradora municipal y el propio Ricardo Jaramillo.

Alcalde firmó el decreto cuestionado

El punto objetado por Contraloría se relaciona con el Decreto Alcaldicio N.º 110, firmado por Ricardo Jaramillo el 17 de enero de 2025.

Mediante ese acto administrativo se dispuso la contratación de Yelor Vergara para todo ese año, en calidad de contrata y asimilada al grado 10 del estamento profesional.

Aunque la funcionaria podía ser contratada legalmente, Contraloría estableció que el alcalde debía abstenerse de intervenir debido al vínculo personal existente entre ambos.

El organismo sostuvo que la firma del jefe comunal vulneró el artículo 12 de la Ley N.º 19.880, que obliga a las autoridades y funcionarios públicos a no participar en procedimientos en los que tengan un interés personal o existan circunstancias que puedan afectar su imparcialidad.

Contraloría precisó que el deber de abstención busca evitar que una autoridad participe en el estudio, examen o resolución de asuntos en los que exista un conflicto de interés, incluso cuando ese conflicto sea solamente potencial.

Decreto permaneció vigente por cuatro meses

El Decreto N.º 110 fue dejado sin efecto el 23 de mayo de 2025, a través del Decreto Alcaldicio N.º 2.168, firmado por el entonces alcalde subrogante Cristian Salinas Pérez.

Ese mismo día se emitió el Decreto N.º 2.169, también suscrito por la autoridad subrogante, mediante el cual se volvió a formalizar la contratación de la funcionaria.

Contraloría advirtió que el acto firmado por Jaramillo permaneció vigente durante al menos cuatro meses antes de ser anulado.

“No obstante, se detectó una vulneración al deber de abstención por parte de la autoridad comunal al firmar el decreto alcaldicio N.º 110, de 2025”, señala la conclusión del documento.

El organismo puntualizó que la observación se refiere a la participación del alcalde en el procedimiento y no a una prohibición legal para que Yelor Vergara desempeñara funciones municipales.

Observación fue calificada como compleja

La situación fue clasificada por Contraloría como una observación compleja.

De acuerdo con la definición incorporada en el mismo oficio, esta categoría se aplica a observaciones que afectan procesos críticos de una institución, evidencian graves debilidades de control o presentan errores, omisiones o irregularidades.

Este tipo de hallazgos podría generar un procedimiento disciplinario realizado por el propio organismo fiscalizado. Además, las medidas correctivas que tengan plazos de cumplimiento pueden ser objeto de seguimiento por parte de Contraloría.

Sin embargo, el documento no informa que se haya aplicado una sanción a Ricardo Jaramillo ni ordena iniciar expresamente un sumario administrativo.

Tampoco dispone la salida de la funcionaria o declara inválida toda su trayectoria contractual en la Municipalidad de Lautaro.

Alcalde no podrá evaluar ni controlar a la funcionaria

Como medida para evitar nuevos conflictos de interés, Contraloría instruyó que Ricardo Jaramillo deberá abstenerse de participar en cualquier acción o decisión relacionada con la evaluación o el control de las labores desarrolladas por Yelor Vergara.

La obligación regirá mientras Jaramillo continúe desempeñándose como alcalde de Lautaro.

En términos prácticos, la autoridad no deberá intervenir directamente en decisiones vinculadas con la supervisión, calificación, evaluación o control del trabajo de la funcionaria.

El oficio fue firmado electrónicamente por el contralor regional de La Araucanía, Carlos Bilbao Fuentes, y fue distribuido al alcalde, a la Dirección de Control Interno de la Municipalidad de Lautaro y a la persona denunciante.