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Familias de Llahuallín llevan al TC disputa por servidumbre eléctrica que se remonta a 1960

Integrantes de la Comunidad Colimilla Burgos, en Padre Las Casas, sostienen que por más de seis décadas no han sido indemnizados por la afectación de una línea de alta tensión que atraviesa sus terrenos. Tras el rechazo de su demanda por prescripción, el conflicto llegó al Tribunal Constitucional, que este miércoles escuchará alegatos antes de resolver la admisibilidad del requerimiento.

Una disputa por una servidumbre eléctrica cuyos antecedentes se remontan a 1960 mantiene enfrentadas judicialmente a familias de la Comunidad Colimilla Burgos, del sector Llahuallín, en Padre Las Casas, con la empresa CGE.

Durante la tarde de este lunes 17 de agosto, Novena Digital llegó hasta el sector y conversó con Francisca Queupumil Burgos, integrante de una de las familias involucradas en el litigio, quien aseguró que durante décadas los propietarios no habrían recibido una indemnización por la utilización de parte de sus terrenos para infraestructura eléctrica.

“Estamos en un problema […] desde el año 1960, cuando pasaron por acá empostando y con cables de alta tensión, sin pagarnos los derechos de uso del terreno. Esa es la servidumbre que nosotros actualmente estamos reclamando”, relató.

Los antecedentes históricos revisados por Novena Digital confirman que en 1960 el Estado otorgó a la entonces Empresa Nacional de Electricidad S.A. (Endesa) una concesión definitiva para establecer y explotar una línea de transmisión eléctrica de 66 mil voltios entre Loncoche y Temuco. El decreto dispuso además la constitución de servidumbres para la instalación y explotación de la línea.

La concesión original, por lo tanto, fue otorgada a Endesa y no a CGE. Es con esta última empresa, sin embargo, con la que actualmente se desarrolla la controversia judicial.

Familia asegura que realizó gestiones durante años

Francisca Queupumil sostuvo que las familias intentaron obtener una solución antes de recurrir a los tribunales e indicó que existieron gestiones incluso antes del año 2000.

“Antes del año 2000 hicimos muchas gestiones con la CGE y con nuestros vecinos. Lamentablemente, la CGE nunca se pronunció, o si se pronunció con unos valores que no venían al caso, no representaban el valor de nuestros terrenos”, afirmó.

La entrevistada aseguró que finalmente, en 2019, decidieron judicializar el conflicto.

“Desde ahí la CGE sí ha tomado más conocimiento […] porque el primer tribunal declaró nuestra causa prescrita”, explicó.

La afirmación de que nunca existió un pago corresponde, hasta ahora, a la posición sostenida por las familias. Entre los antecedentes documentales revisados por este medio no aparece un comprobante que permita acreditar un eventual pago histórico de la indemnización asociada a la servidumbre, pero la ausencia de ese documento en los antecedentes disponibles tampoco permite concluir, por sí sola, que nunca haya existido.

Plano registra casi 29.500 metros cuadrados afectados

Uno de los antecedentes más relevantes corresponde a un plano planimétrico elaborado en 2006 para la Comunidad Colimilla Burgos, en Llahuallín.

El documento identifica expresamente una “faja línea alta tensión eléctrica” que atraviesa distintos terrenos y calcula una superficie afectada total de 29.462,62 metros cuadrados.

Entre las propiedades individualizadas aparece una correspondiente a Manuela Burgos Martínez, con 3.899,80 metros cuadrados dentro de la franja eléctrica, y otra de Amelia Burgos Martínez, con 4.942,97 metros cuadrados.

El expediente contiene además antiguos antecedentes vinculados a la denominada Reducción Burgos Colimilla, donde aparecen integrantes de las familias Burgos y Queupumil.

Francisca Queupumil señaló que la infraestructura habría afectado históricamente el aprovechamiento agrícola de los terrenos.

“Todos estos años no hemos sido resarcidos por el costo de tener los postes ahí. En su oportunidad, mi papá sembraba […] y nunca pudo hacer uso de ese tramo. Entonces pedimos que nos indemnicen por eso”, manifestó.

La prescripción se convirtió en el punto central

La controversia judicial cambió de rumbo luego de que la demanda fuera rechazada en primera instancia por encontrarse prescrita la acción.

Frente a esa resolución, los abogados de las familias presentaron una apelación ante la Corte de Apelaciones de Temuco y, paralelamente, recurrieron al Tribunal Constitucional (TC).

El requerimiento busca impedir que sea aplicado en este caso concreto el artículo 2515 del Código Civil, norma relacionada con la prescripción de las acciones ordinarias.

“Ellos estiman que la prescripción, en nuestro caso, no debiera ser. Consideran otros factores y están pidiendo al Tribunal Constitucional que no se aplique el artículo 2515 del Código Civil para nuestra causa”, explicó Francisca.

Según la entrevistada, entre los argumentos de las familias se encuentra la condición indígena y ancestral que atribuyen a los terrenos, además de disposiciones contenidas en la Ley Indígena y el Convenio 169.

La documentación incorporada al expediente constitucional recoge precisamente argumentos relacionados con la naturaleza de los terrenos y con los efectos que, según los requirentes, produciría en este caso la aplicación de la prescripción.

TC escuchará a ambas partes este miércoles

El requerimiento fue ingresado ante el Tribunal Constitucional bajo el Rol N°17.791-26 INA.

El 6 de agosto, la Primera Sala del TC resolvió citar a las partes a una audiencia fijada para este miércoles 19 de agosto, a las 12:00 horas. Cada una podrá alegar durante un máximo de cinco minutos.

La audiencia, sin embargo, no resolverá todavía el fondo del requerimiento ni determinará una eventual indemnización.

La propia resolución establece que los alegatos estarán destinados exclusivamente a discutir el “fundamento plausible” de la acción, como paso previo a que el tribunal resuelva su admisibilidad.

Esto significa que, aun si el requerimiento supera la audiencia del miércoles, el Tribunal Constitucional deberá posteriormente analizar la cuestión de fondo antes de determinar si corresponde o no impedir la aplicación del artículo 2515 en esta causa.

Familia habla de perjuicios cercanos a $1.600 millones

Durante la entrevista con Novena Digital, Francisca Queupumil afirmó que las evaluaciones realizadas durante la tramitación judicial habrían situado los perjuicios en alrededor de $1.600 millones.

“En la primera instancia el tribunal contrató un perito agrónomo y un perito tasador. Y aproximadamente hablamos de 1.600 millones”, aseguró.

La cifra corresponde a lo señalado por la familia y no constituye actualmente una indemnización concedida por un tribunal ni una deuda judicialmente establecida contra CGE.

Queupumil indicó además que las familias pretenden continuar utilizando las distintas instancias judiciales disponibles en caso de recibir resoluciones adversas.

“Siempre dentro de la formalidad que nos da el Estado de Derecho. Tendríamos que ir a la Corte de Apelaciones, si no nos va bien, a la Corte Suprema, y si no nos va bien en la Suprema, vamos a los tribunales internacionales”, señaló.

Por ahora, el próximo paso se desarrollará este miércoles en Santiago.

La Primera Sala del Tribunal Constitucional deberá escuchar a las partes y resolver posteriormente si existe fundamento plausible para que el requerimiento continúe su tramitación.

En el centro del conflicto permanece una pregunta que las familias buscan instalar ante la justicia: si corresponde aplicar la prescripción a una reclamación asociada a una servidumbre constituida originalmente en 1960 y cuya afectación material, según sostienen los propietarios, permanece hasta la actualidad.