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Hoy promulgan ley que permite el teletrabajo para cuidadores

La medida, recientemente aprobada por la Cámara de Diputadas y Diputados, busca favorecer a más de 1 millón 800 mil personas, ofreciéndoles derechos preferentes en el uso del feriado legal durante vacaciones escolares.

Este viernes, la ministra del Trabajo, Jeannette Jara, la ministra de la Mujer, Antonia Orellana, y el presidente Gabriel Boric, llevaron a cabo la promulgación de la Ley de Conciliación de Vida Personal, Familiar y Laboral, conocida como la ley que facilita el teletrabajo para cuidadores.

La ley permitirá a más de 363 mil trabajadores acordar con sus empleadores modalidades de trabajo o híbridas, especialmente si tienen bajo su cuidado a niños y niñas menores de 14 años, personas en situación de dependencia o de discapacidad.

Desde Independencia, la ministra del Trabajo enfatizó la importancia de la conciliación entre trabajo y vida personal. «Una no puede estar solo cuidando, solo trabajando, o solo cuidando y trabajando, sino que también tiene que tener tiempo y espacio para una misma», destacó. Además, subrayó que esta ley beneficia tanto a mujeres como a hombres, reconociendo que el cuidado no debe recaer exclusivamente en las mujeres.

Aspectos Clave de la Ley:

  1. Derecho al Trabajo a Distancia o Teletrabajo:
    • Los trabajadores podrán realizar parte o toda su jornada en modalidades de trabajo a distancia o teletrabajo, siempre que la naturaleza de sus funciones lo permita.
  2. Derecho al Feriado Legal Preferente:
    • Más de 1 millón 800 mil personas tendrán derecho preferente al uso de su feriado legal durante las vacaciones escolares si tienen a su cuidado a niños o niñas menores de 14 años.
  3. Acuerdo sobre Modalidades de Trabajo:
    • Más de 363 mil trabajadores podrán acordar con sus empleadores modalidades de trabajo o híbridas, especialmente si cuidan a niños, niñas, personas en situación de dependencia o discapacidad.
  4. Ajustes en Sistemas de Turnos:
    • Se reconoce el derecho a solicitar ajustes temporales en sistemas de turnos o distribución de jornada diaria y semanal para conciliar el trabajo con las necesidades de cuidado durante períodos de vacaciones escolares.
  5. Reconocimiento de Cuidadores no Remunerados:
    • La ley se aplica a trabajadores que realicen labores de cuidado no remuneradas, independientemente de la edad de la persona bajo su cuidado.

La promulgación de esta ley refleja el compromiso del gobierno con la conciliación de la vida laboral y familiar, reconociendo la importancia del cuidado y la necesidad de adaptar las condiciones laborales para facilitar el equilibrio entre responsabilidades profesionales y personales.