La casa edilicia aclaró que el decreto firmado en 2025 correspondía a una renovación anual y no al primer ingreso de la funcionaria. Contraloría descartó una inhabilidad laboral, pero constató que el alcalde vulneró el deber de abstención al intervenir en el procedimiento.
La Municipalidad de Lautaro emitió un comunicado público en respuesta a la información difundida sobre el pronunciamiento de Contraloría que observó la actuación del alcalde Ricardo Jaramillo Galindo durante la renovación contractual de una funcionaria con quien tiene un hijo en común.
En su declaración, el municipio sostuvo que la trabajadora ingresó a la institución en enero de 2023 y que el Decreto Alcaldicio N.º 110, firmado por Jaramillo el 17 de enero de 2025, no correspondía a una nueva incorporación, sino a la renovación anual de una contratación a contrata.
La administración comunal también acusó que la difusión del caso tendría “evidentes fines político-electorales” y afirmó que se habrían omitido fechas y antecedentes relevantes. Sin embargo, el oficio de Contraloría sí estableció expresamente una vulneración al deber de abstención por parte del jefe comunal.
Municipio afirma que se trató de una renovación
La Municipalidad de Lautaro explicó que la funcionaria aludida comenzó a trabajar en enero de 2023 bajo la modalidad a contrata, regulada por la Ley N.º 18.883.
Según el comunicado, su ingreso se habría producido antes de la existencia de cualquier vínculo con la autoridad comunal. El municipio indicó que los trámites realizados en enero de 2025 buscaban dar continuidad anual a sus funciones y no representaban una contratación arbitraria o un nuevo ingreso.
“Lo difundido no corresponde a un nuevo ingreso ni a una contratación arbitraria, sino a una renovación anual para dar continuidad al servicio”, señaló la casa edilicia.
El antecedente relativo a que el ingreso habría ocurrido antes del vínculo personal corresponde a la versión entregada por el municipio. El oficio de Contraloría revisado por Novena Digital no establece cuándo comenzó dicha relación.
El documento del organismo fiscalizador sí confirma que la funcionaria ingresó al municipio durante 2023 mediante los decretos N.º 129 y N.º 1.579. Posteriormente, su contratación fue prorrogada durante 2024 y renovada para 2025.
Contraloría descartó una inhabilidad laboral
El municipio destacó que Contraloría no detectó una ilegalidad en el vínculo laboral de la funcionaria.
Efectivamente, el Oficio N.º OF46528/2026, emitido el 9 de marzo de 2026 por la Contraloría Regional de La Araucanía, concluyó que no se configuraba ninguna de las inhabilidades de ingreso contempladas en el artículo 54 de la Ley N.º 18.575.
El organismo revisó antecedentes del Registro Civil y determinó que entre la funcionaria y Ricardo Jaramillo no existe vínculo matrimonial ni parentesco por afinidad, aunque ambos tienen un hijo en común.
Contraloría explicó que mantener o haber mantenido una relación de pareja y tener un hijo en común no constituye, por sí solo, una prohibición legal para que una persona ingrese a trabajar en la Administración del Estado.
Por esta razón, el informe no declaró ilegal la contratación, no cuestionó la idoneidad profesional de la funcionaria ni ordenó su desvinculación del municipio.
Informe sí constató una vulneración del alcalde
Aunque descartó una inhabilidad laboral, Contraloría realizó una observación diferente respecto de la intervención personal del alcalde en el procedimiento.
El organismo estableció que Ricardo Jaramillo firmó el Decreto Alcaldicio N.º 110, del 17 de enero de 2025, mediante el cual se dispuso la renovación de la funcionaria durante esa anualidad, en calidad de contrata y asimilada al grado 10 del estamento profesional.
Contraloría determinó que el alcalde debía haberse abstenido de intervenir debido a la existencia de un interés personal y a las circunstancias que podían comprometer su imparcialidad.
“Se detectó una vulneración al deber de abstención por parte de la autoridad comunal al firmar el decreto alcaldicio N.º 110”, señala expresamente la conclusión del organismo fiscalizador.
Por lo tanto, el reproche administrativo no estuvo dirigido al ingreso o a la continuidad laboral de la funcionaria, sino a que Jaramillo participó directamente y estampó su firma en el acto administrativo que la renovó.
Decreto estuvo vigente al menos cuatro meses
El acto firmado por el alcalde fue dejado sin efecto el 23 de mayo de 2025 mediante el Decreto Alcaldicio N.º 2.168, suscrito por el alcalde subrogante Cristian Salinas Pérez.
Ese mismo día, la renovación fue formalizada nuevamente a través del Decreto N.º 2.169, también firmado por la autoridad subrogante.
Contraloría consignó que el decreto inicialmente suscrito por Jaramillo permaneció vigente durante al menos cuatro meses antes de ser anulado y reemplazado.
El hallazgo fue clasificado como una “observación compleja”, denominación aplicada por el organismo a situaciones que afectan procesos críticos, evidencian graves debilidades de control o presentan errores, omisiones o irregularidades que podrían dar origen a un procedimiento disciplinario realizado por la propia entidad fiscalizada.
El oficio no informa que se haya aplicado una sanción al jefe comunal ni ordena expresamente la apertura de un sumario.
Municipalidad asegura que instrucción está siendo aplicada
En su comunicado, el municipio manifestó que actualmente acata la instrucción de Contraloría y que la firma de documentos relacionados con la funcionaria fue derivada a los estamentos correspondientes.
“La Contraloría únicamente instruyó y ratificó, en virtud del resguardo del principio de probidad, que la autoridad comunal debe abstenerse de suscribir decretos o documentos directos relacionados con dicha funcionaria”, indicó la administración.
El pronunciamiento del organismo fiscalizador va más allá de la firma de futuras renovaciones. La resolución establece que, mientras Jaramillo continúe ejerciendo como alcalde, deberá abstenerse de participar en cualquier acción o decisión relacionada con la evaluación o el control de las labores desarrolladas por la funcionaria.
Municipio cuestionó difusión del caso
La Municipalidad de Lautaro lamentó que, a su juicio, se hayan omitido fechas y elementos de contexto para afectar negativamente la imagen de la administración.
El comunicado acusa una intención de “dañar la gestión municipal” y sostiene que la difusión del caso afectaría la intimidad familiar, la honra de los trabajadores municipales y la integridad de un menor de edad.
También señala que la fiscalización habría surgido de una “denuncia anónima”. No obstante, el oficio de Contraloría identifica el procedimiento bajo la denominación “reserva de identidad”, lo que significa que el organismo conoce la identidad de la persona denunciante, pero debe mantenerla protegida.
Novena Digital precisa que la información publicada se basó en el Oficio N.º OF46528/2026, documento oficial facilitado recientemente al medio. La cobertura distinguió entre las dos conclusiones centrales del pronunciamiento: la inexistencia de una inhabilidad para que la funcionaria trabajara en el municipio y la vulneración del deber de abstención cometida por el alcalde al intervenir en su renovación.
La Municipalidad de Lautaro cerró su declaración asegurando que continuará trabajando con “total transparencia” y concentrando sus esfuerzos en las necesidades de los sectores urbanos y rurales de la comuna.


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