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Víctima de femicidio en Labranza había denunciado hechos de violencia 42 días antes del crimen y mantenía medidas de protección vigentes

Novena Digital accedió a un documento judicial que confirma que Patricia Ojeda denunció a su expareja el 18 de mayo y solicitó protección por temor a nuevas agresiones. Las medidas cautelares seguían vigentes cuando ocurrió el femicidio.

Un documento judicial del Juzgado de Garantía de Temuco, al que tuvo acceso Novena Digital gracias al aporte de un seguidor, revela que Patricia Ojeda presentó una denuncia por graves hechos de violencia el 18 de mayo de 2026, apenas 42 días antes de ser asesinada en Labranza.

Por respeto a la víctima y su familia, Novena Digital decidió no publicar el contenido ni los detalles de la denuncia, debido a la gravedad de los antecedentes expuestos en el documento judicial.

De acuerdo con la resolución, la víctima manifestó sentir temor por su integridad y la de su familia, por lo que solicitó medidas de protección. El Juzgado de Garantía de Temuco acogió la solicitud y decretó medidas cautelares por un plazo de tres meses, las que permanecían vigentes al momento del femicidio.

Fiscalía solicitó la detención del imputado

Tras conocerse el crimen, la Fiscalía de La Araucanía explicó que, luego de la denuncia presentada en mayo, solicitó la detención del imputado. Sin embargo, el tribunal no autorizó dicha medida al considerar que ya no existía flagrancia, decretándose en su lugar medidas de protección para la víctima.

Semanas después, el pasado lunes, Yerko Abel Mendoza Carrasco fue formalizado por los delitos de femicidio, violación de morada, desacato y amenazas a Carabineros, quedando en prisión preventiva por representar un peligro para la seguridad de la sociedad. El tribunal fijó un plazo de investigación de cuatro meses.

Interrogantes sobre la protección de la víctima

La existencia de una denuncia previa, la vigencia de medidas cautelares al momento del crimen y la posterior formalización del imputado también por desacato han abierto interrogantes sobre la efectividad de los mecanismos de protección para víctimas de violencia de género y sobre las circunstancias que permitieron que el femicidio se concretara.

Hasta ahora, la explicación pública entregada por la Fiscalía apunta a que la detención solicitada tras la denuncia no fue autorizada por el tribunal debido a la inexistencia de flagrancia. Sin embargo, permanecen abiertas las interrogantes respecto del cumplimiento y la eficacia de las medidas de protección decretadas a favor de Patricia Ojeda.