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SII exige a comercios entregar boleta impresa en ventas presenciales, sin importar el medio de pago

El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha establecido una nueva normativa que obliga a los comercios a entregar una boleta impresa o comprobante de pago por cada venta realizada en el marco de operaciones presenciales, sin importar el medio de pago utilizado. La medida busca asegurar el cumplimiento tributario del IVA y fortalecer la lucha contra la evasión fiscal.

Según la Resolución N°12 del 17 de enero, las siguientes son las nuevas obligaciones para los emisores de boletas electrónicas:

  • Pagos en efectivo o por transferencia bancaria: El comercio debe entregar la boleta electrónica impresa.
  • Pagos con tarjetas (débito, crédito u otros medios electrónicos): Se debe entregar la boleta electrónica impresa y/o el comprobante de pago (voucher), dependiendo del modelo de emisión.

Patricio Muñoz, subdirector de Asistencia al Contribuyente del SII, explicó que la medida refuerza la obligatoriedad de emitir y entregar la boleta en cada compra, independientemente del medio de pago, y que los consumidores también deben exigir su boleta o comprobante para asegurar que el impuesto correspondiente llegue al Estado.

Aunque el envío del comprobante por medios electrónicos (como WhatsApp o correo electrónico) seguirá siendo una opción adicional, no reemplaza la obligación de entregar la boleta impresa.

Los comercios que no cuenten con equipos para imprimir boletas o no hayan ajustado sus sistemas tecnológicos tendrán hasta el 1 de marzo de 2026 para cumplir con la obligación de entregar boletas impresas. Mientras tanto, podrán seguir entregando la boleta de forma virtual (por medios electrónicos).